Este miércoles acaba el plazo para denunciar los impagos en Primera y 2ª

Se trata de las cantidades adeudadas por los clubes hasta el pasado 30 de junio. Esta situación incluye también a los jugadores cedidos. El impago puede suponer que no se tramiten las licencias para la próxima temporada.

Mañana miércoles 7 de julio concluye el plazo para que los jugadores de Primera y Segunda presenten las reclamaciones o denuncias a los clubes con el fin de que les paguen las cantidades adeudadas sin coste alguno para el jugador. Un plazo que está abierto desde el pasado 5 de junio. Denuncias que deberán ser examinadas por la Comisión Mixta compuesta por la propia AFE y la Liga.

En la Comisión Mixta pueden reclamarse todas aquellas deudas que los clubes mantengan directamente con sus futbolistas, siempre que las mismas estén debidamente documentadas.

Los futbolistas que hayan estado cedidos 

En el caso de los futbolistas cedidos por un club a otro, que a la finalización de la temporada tengan deudas con cualquiera de estos clubes, y deseen reclamarlas en nuestras Comisiones Mixtas, deberán informar de esta situación y formular denuncia contra ambos clubes, exigiendo el importe total de la deuda a los dos clubes. De no formularse ambas reclamaciones, una contra el club cedente, y otra contra el club cesionario, podría generar problemas para garantizar el cobro de la deuda.

Denuncias que los jugadores pueden tramitar ante el sindicato, empezando por AFE. Desde el propio sindicato, y dentro de la documentación adjuntada a los futbolistas, se les informa acerca de no firmar ningún documento de saldo y finiquito con los citados clubes denunciados, mientras no esté satisfecha en su integridad la deuda reclamada.

Documentación necesaria que deben presentar 

A través de la Intranet de la web del propio sindicato AFE, el jugador deberá rellenar un formulario del modelo de reclamación e introducir escaneada directamente y de manera legible toda la documentación requerida por la propia AFE. 

Entre la documentación que debe presentar está: 

– Mensualidades: Indicar el importe de cada una, especificando los meses concretos a que corresponden.

– Ayuda de vivienda: Indicar el importe de cada una, si es el caso, especificando los meses concretos a que corresponde.

– Ficha o Prima de Contrato: Precisar el importe, aclarando los plazos que se denuncian, si es el caso.

– Plazos de un reconocimiento de deuda: Señalar los plazos, que deberán haber vencido.

– Primas por partidos jugados: Hay que enumerar todos los partidos concretos a que corresponde la prima, señalando el importe diferenciado de cada uno de ellos.

– Primas por goles marcados: Hay que relacionar todos los partidos concretos en los que se han conseguido así como el número de goles en cada partido. 

– Primas colectivas por objetivos: Hay que especificar el concepto e indicar el importe correspondiente.

– Indemnización de fin de contrato: Hay que indicar que se desea reclamar este concepto y especificar las temporadas que se han prestado servicios por cuenta del club de forma ininterrumpida, así como el salario mensual que se percibe, incluyendo todos los conceptos, a fin de calcular el importe de los 12 días por año de antigüedad en qué consiste esta indemnización. Es también fundamental aportar los contratos que acrediten la antigüedad en el club.

– Premio de Antigüedad: Ha de justificarse la permanencia en el club durante las temporadas exigidas por el Convenio Colectivo de aplicación, aportando copia escaneada de los contratos suscritos en el período exigido.

En cualquier caso, el importe de las cantidades que se denuncian debe hacerse constar en bruto, es decir, sin retenciones fiscales y de Seguridad Social; salvo que se trate, claro está, de la reclamación de un reconocimiento de deuda neto facilitado por el club. Toda la documentación deberá ser enviada antes del próximo 7 de julio. En este caso la denuncia de las cantidades adeudadas a 30 de junio del 2021. 

El impago puede suponer no poder tramitar licencias 

Finalmente, el procedimiento concluirá con una resolución en la que la Comisión Mixta se pronuncie. En caso de que exista deuda por parte del club , se informa sobre su existencia e importe y también se establece la obligación de éste de efectuar el pago en un plazo determinado. Entonces, se advierte al club de los efectos que se producirán como consecuencia de incumplir esta resolución. Estos pueden ser desde la suspensión de servicios federativos al club deudor no pudiendo, entre otras cosas, tramitar licencias federativas de futbolistas hasta el pago de las cantidades aprobadas, e incluso la propuesta a la RFEF para que cautelar impide su participación en la categoría deportiva en la que podría hacerlo, permitiendo su intervención en la inmediata inferior.

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