El Barcelona se encuentra ante una situación compleja derivada de la lesión del danés Braithwaite. Porque, en caso de que se confirme una lesión superior a los cuatro meses, el club azulgrana no podrá suplir al delantero.
Reglamentariamente ya no existe la opción de sustituir a un futbolista cuando se produzca esta situación. Fue eliminada a principios de la temporada pasada, precisamente por el polémico fichaje del Barcelona al danés en enero del 2020 cuando se lesionó de larga duración el francés Dembele.
Entonces, el equipo madrileño del Leganés, donde militaba Braithwaite, denunció esta situación y la RFEF anunció la intención de eliminar esta posibilidad del Reglamento General atendiendo además una solicitud que se remonta al 2016 desde la propia FIFA.
Intención que se ejecutó una vez contó con el visto bueno de la Comisión Directiva del CSD. Desde entonces, el Reglamento General de la RFEF ya no incluye esta excepción, que estaba en el punto tres del artículo 124, relativo a los períodos de solicitud de licencias.
Este precepto habilitaba a los equipos para tramitar de manera excepcional una licencia fuera de los mercados de fichajes «cuando un futbolista cause baja por una lesión que lleve consigo un período de inactividad superior a cinco meses».
Sí se autoriza en el fútbol femenino para las jugadoras en estado de gestación
Este artículo que estaba dedicado a las lesiones de larga duración fue sustituido por una ventana de fichajes excepcional en el fútbol femenino.
Se trata del supuesto de una jugadora que se encuentre en estado de gestación. El texto dice lo siguiente:
«Asimismo podrá autorizarse fuera de los períodos de inscripción en aquellos casos en que una jugadora se encuentre en estado de gestación. La jugadora podrá solicitar la tramitación de la baja federativa en el momento que estime oportuno debiendo presentar el preceptivo informe médico emitido por dos facultativos…..».