En los últimos días ha surgido el rumor del posible regreso de Daniel Alves al Barcelona, toda vez que el brasileño acaba de romper el pasado 17 de septiembre su vinculación con el São Paulo.
Pues bien, el equipo azulgrana no podría inscribir a día de hoy al jugador aún cuando el jugador esté libre. La clave radica en la normativa federativa, que fija en el pasado 31 de agosto la fecha en la que el futbolista tendría que haber concluido su relación con el club brasileño.
El artículo 124 del Reglamento de la RFEF es muy claro al respecto:
“Los futbolistas sólo podrán formalizar su inscripción durante los períodos establecidos para tal fin.
En aquellas categorías en que hubiera dos períodos de inscripción, el primero de ambos deberá estar comprendido en el espacio temporal que abarca desde el comienzo de la temporada hasta el inicio de los Campeonatos Nacionales de Liga de las respectivas categorías de ámbito estatal, y su duración nunca será superior a doce semanas.
El segundo período de inscripción se establecerá a mediados de temporada y su duración no será superior a cuatro semanas.
2. Como excepción a la disposición general contenida en el apartado anterior, podrán inscribirse fuera de los dos períodos de solicitud de licencias aquellos futbolistas con licencia “P” cuyos contratos hubieran vencido antes de que los referidos períodos concluyan, así como aquellos futbolistas que, con licencia “A”, acrediten encontrarse en situación legal de desempleo como consecuencia de la finalización de contrato laboral con entidad deportiva antes de que los referidos períodos concluyan.
En todo caso, el jugador debe ser inscrito mediante una licencia “P”.
El punto 2 es claro al respecto e impide que Dani Alves pueda fichar por el equipo azulgrana aún estando sin contrato. Deberán esperar a la ventana de enero para que el fichaje pudiera realizarse.
Precisamente el hecho de estar sin contrato antes de cerrar la ventana de verano es lo que permitió que el Rayo Vallecano y Elche pudieran inscribir a Falcao.