FIFA: las cesiones a partir del 1 de Julio de 2023

Según la circular n.º 1796 del 3 de mayo de 2022, el 1 de julio de 2022 entraron en vigor las enmiendas al Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores (RETJ) relativas a las cesiones en el ámbito internacional y los periodos de transición pertinentes sobre las nuevas disposiciones en materia de préstamos en el RETJ, y el nuevo límite de préstamos general (recogido en el art. 10, apdo. 9 b) del RETJ), que entrará en vigor el próximo 1 de julio. 

El nuevo límite de préstamos general (recogido en el art. 10, apdo. 9 b) del RETJ), que entrará en vigor el próximo 1 de julio. Del 1 de julio de 2023 al 30 de junio de 2024, el número máximo de préstamos se reducirá a 7 a excepción de aquellos acuerdos de prolongación del préstamo que comiencen a partir del 1 de julio. Para el resto de transferencias internacionales que cuenten con un acuerdo de transferencia (ya sea permanente o en préstamo), se aplica la norma general.

FIFA amplía el régimen transitorio de los contratos de jugadores en Ucrania

Según informa la FIFA, se ha tomado por unanimidad la modificación del anexo 7 del RETJ tras las conversaciones que ha mantenido con la UEFA.

El Bureau del Consejo de la FIFA ha acordado adaptar y ampliar las normas transitorias relativas al empleo fijadas en el Reglamento sobre el estatuto y la Transferencia de Jugadores (RETJ) para ayudar a los futbolistas, clubes y entrenadores afectados por la guerra de Ucrania.

Según informa la FIFA, se ha tomado por unanimidad la modificación del anexo 7 del RETJ tras las conversaciones que ha mantenido con la UEFA, la Asociación de Clubes Europeos, FIFPRO y el Fórum de las Ligas del Mundo, que amplia y adapta el marco normativo después de que el 7 y el 16 de marzo de 2022 se adoptaran disposiciones transitorias que aportaran seguridad jurídica en determinadas cuestiones regulatorias, junto con su acuerdo del 20 de junio también del pasado año de ampliar esas normas, y que fueron refrendadas por el TAS.

Para seguir ayudando a jugadores, entrenadores y clubes afectados por la guerra de ucrania y, según explica la FIFA, lograr un equilibrio razonable entre todos los intereses en juego e impedir que se produzcan abusos, el anexo 7 se ha adaptado de esta forma: «Los jugadores y entrenadores extranjeros que han abandonado los territorios de Ucrania y Rusia como consecuencia del conflicto armado, y no desean regresar en estos momentos a causa de la situación, tendrán, para su protección, el derecho a suspender unilateralmente sus contratos con clubes afiliados a la Federación Ucraniana de Fútbol (UAF) y a la Federación Rusa de Fútbol (FUR) hasta el 30 de junio de 2024, siempre y cuando se informe por escrito a los clubes de la suspensión antes del 1 de julio de 2023″.

«Para suspender un contrato en vigor, aquellos jugadores y entrenadores extranjeros que, pese al conflicto, hayan decidido llegar, regresar o permanecer en los territorios de Ucrania o Rusia, no pueden acogerse al anexo 7 del RETJ revisado«, añade.

Por lo tanto, el anexo 7 del RETJ no se aplicará a partir de ahora a: «los jugadores extranjeros que sigan inscritos en un club afiliado a la UAF o a la FUR; los entrenadores extranjeros que sigan prestando sus servicios en un club afiliado a la UAF o a la FUR; ni los contratos de trabajo de jugadores o entrenadores extranjeros con clubes afiliados a la UAF o a la FUR que se firmaran o ampliaran después del 7 de marzo de 2022″.

También «se han precisado de nuevo las disposiciones relativas a las indemnizaciones por formación y, dadas las circunstancias, el nuevo club no abonará la indemnización por formación por la primera inscripción de un jugador como profesional si: el jugador se inscribiera en un club no afiliado a la UAF ni a la FUR tras haber abandonado el territorio ucraniano o ruso después del 7 de marzo de 2022 y, para inscribirse en un nuevo club, se acogiera a la excepción contenida en el art. 19, apdo. 2 a) o d) del RETJ; o en caso de que el jugador abandonara el territorio ucraniano o ruso después del 7 de marzo de 2022 y deseara inscribirse por primera vez como profesional con un club afiliado a la UAF o a la FUR».

Para que no se produzcan «abusos y consecuencias indeseadas a raíz de una suspensión unilateral, los jugadores cuyos contratos se hayan suspendido en virtud del anexo 7 no podrán durante el periodo de suspensión: ser objeto de una transferencia mediante pago (permanente o en préstamo); ni firmar un nuevo contrato con otro club afiliado a la UAF o a la FUR».

FIFA apunta que seguirá supervisando de cerca la situación en Ucrania y Rusia y velará por que el marco regulatorio se adapte a la evolución de los acontecimientos. 

El TAS confirma la decisión de FIFA PSC en favor de Antonio Conceiçao

El TAS confirmó en laudo de fecha de 8 de Mayo de 2023, la sentencia de FIFA PSC favorable a Antonio Conceiçao, por el despido sin justa causa acaecido a fecha de 28 de Febrero de 2022, por la cual Antonio Conceiçao, aún siendo el valuarte mas importante de la clasificación de Camerún para el Mundial de Qatar 2022, quedó privado de dirigir a la selección camerunesa en tal evento mundial.

Por fin, nuestro cliente ha obtenido la decisión favorable del TAS, que rechazó de plano, la apelación de FECAFOOT a la sentencia de FIFA de 7 de Junio de 2022 en su favor, por la cual FECAFOOT tendrá que indemnizarle por la cantidad completa de su contrato restante cuyo termino era en Septiembre de 2023, más los salarios adeudados a esa fecha, y otros emolumentos pactados en su contrato.

FECAFOOT deberá cumplir en tiempo y forma la decisión de FIFA PSC según marcan los Reglamentos de FIFA con las consecuencias establecidas en los Reglamentos FIFA en caso contrario.

Toni Conceiçao que obtuvo un récord de sólo 2 derrotas en 24 partidos, con 14 partidos ganados y 8 empates, ascendió de manera meteórica a la selección el en ranking FIFA, clasificando al equipo como medalla de bronce en la última CAN 2022 y su aportación clave a la clasificación de Camerún para el Mundial de Qatar, obtiene así todo un reconocimiento a un trabajo bien hecho al fútbol camerunés en los 3 años que estuvo al timón del equipo nacional.

El TAS hará proximámente publicidad del laudo en su discreccionalidad.

Enhorabuena TONI!!! Felicitaciones!!!

Las nuevas enmiendas reglamentarias de la FIFA

La FIFA ha introducido nuevas enmiendas al Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores y al Reglamento de Procedimiento del Tribunal del Fútbol que han entrado en vigor el pasado 1 de abril de 2023.

I.- Consejo de la FIFA de 14 de marzo de 2023

El Consejo de la FIFA celebrado en Ruanda el pasado 14 de marzo de 2023 ha aprobado diversas medidas entre las cuales se incluye distintas revisiones de varios reglamentos de la FIFA.

En efecto, como se desprende del orden del día del citado Consejo, se abordó diversas enmiendas al Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores, al Reglamento de Procedimiento del Tribunal del Fútbol, al Código Disciplinario y Código de Ética de la FIFA.

Asimismo se entablaron discusiones sobre el establecimiento de un marco reglamentario sobre condiciones laborales mínimas del fútbol femenino.

II.- Circular núm. 1839 de 31 de marzo de 2023

A través de su Circular núm. 1839 de 31 de marzo de 2023, la FIFA ha hecho públicas las referidas enmiendas introducidas tanto en el Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores como al Reglamento de Procedimiento del Tribunal del Fútbol:

  1. Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores.

La reforma reglamentaria surge del objetivo de la FIFA de modernizar el marco regulador futbolístico según se plasmó en la Visión 2020-2023.

En esta ocasión, la renovación se ha centrado principalmente en actualizar los periodos de inscripción y en lograr una mayor protección a los futbolistas desempleados:

A. Definiciones:

  1. El término “Temporada” ha quedado redefinido del siguiente modo: “periodo de 12 meses consecutivos fijado por una asociación y durante el que se disputan sus competiciones oficiales, como las ligas y copas nacionales”.
  2. Se introduce el concepto de “Periodo de competición” como “lapso de tiempo que comienza con el primer partido oficial de una liga o copa nacional, el que se dispute primero, y que termina con el último encuentro oficial de dichas competiciones”.

B. Inscripción de futbolistas desempleados. El apartado cuarto del artículo 5 incluye una excepción a la regla general del artículo 5 (“Los jugadores pueden estar inscritos en un máximo de tres clubes durante una temporada”) de forma que a partir de ahora “Las restricciones que figuran en este apartado no se aplican si el jugador desea inscribirse y acogerse a la excepción descrita en el artículo 6, apartado 3 a)”.

C. Periodos de inscripción. El artículo 6 se amplía con la incorporación de nuevos apartados:

i. Apartado 3: Las asociaciones miembros estarán autorizadas de manera excepcional a inscribir futbolistas fuera de los periodos de inscripción en los siguientes supuestos:

  1. Se podrá inscribir fuera del periodo de inscripción al jugador profesional que haya rescindido unilateralmente su contrato con causa justificada, o cuyo contrato haya sido rescindido unilateralmente por su club sin causa justificada”.
  2. Se podrá inscribir con el club contratante después de que expire el periodo de inscripción respectivo, al jugador profesional cuyo contrato haya terminado de forma natural o se haya rescindido de mutuo acuerdo antes de que finalice el periodo de inscripción aplicable al club contratante”.
  3. Se podrá inscribir a una jugadora fuera periodo de inscripción para reemplazar temporalmente a otra jugadora que esté de baja por maternidad”.
  4. Se podrá inscribir a una jugadora fuera del periodo de inscripción tras finalizar la baja por maternidad dependiendo de su situación contractual”.
  5. Con independencia de la fecha de vencimiento o rescisión del contrato, tendrá derecho a ser inscrito por una FM fuera del periodo de inscripción el jugador profesional cuyo contrato haya vencido o se haya rescindido a consecuencia de la COVID-19”.

ii. Apartado 4: No obstante lo anterior, cuando se autorice la inscripción de un jugador fuera del periodo, “las asociaciones miembro deberán tener en cuenta la integridad deportiva de la competición que corresponda”.

iii. Apartado 5: “Si la Secretaría General de la FIFA autoriza la inscripción de un jugador fuera del periodo estipulado con base en la excepción presente en el apdo. 3 a), quedarán sin validez las disposiciones nacionales y los acuerdos contractuales que hagan referencia al consentimiento del club anterior para inscribir al jugador. En aquellos casos en que expire el contrato del jugador, no será necesario contar con el permiso del club anterior para inscribir al jugador”.

iv. Apartado 6: “En cuanto a las excepciones que figuran en los apdos. 3 c) y d), las asociaciones deberán adaptar sus reglamentos nacionales como corresponda. Sin embargo, siempre se deberá garantizar de manera prioritaria tanto la elegibilidad para participar en las competiciones nacionales de la jugadora que se reincorpora tras la baja por maternidad como la integridad deportiva de la competición correspondiente”.

  1. Reglamento de Procedimiento del Tribunal del Fútbol.

Esta norma se ha modificado levemente en las siguientes cuestiones:

  1. Uso obligatorio del portal jurídico de la FIFA. A partir del 1 de mayo de 2023, todos los procedimientos que se sustancien fuera del TMS se incoarán preceptivamente a través del portal jurídico de la FIFA. Sobre este particular, véase el sucesivo apartado.
  2. Recusaciones. Se ha modificado levemente el apartado tercero del artículo 5 con el propósito de aclarar que las recusaciones dirigidas a los miembros del Tribunal del Fútbol deberán interponerse dentro de los siguientes cinco (5) días naturales desde la notificación de la composición de la correspondiente cámara.
  3. Entrada en vigor del Reglamento de la FIFA sobre Agentes de Fútbol y el funcionamiento de la Cámara de Agentes del Tribunal del Fútbol. Como tercera y última enmienda, se matiza que la Cámara de Agentes del Tribunal del Fútbol comenzará a resolver aquellas disputas en las que tenga competencia a partir del próximo 1 de octubre de 2023.

III.- Circular núm. 1842 de 6 de abril de 2023

Como se puso de manifiesto en la meritada Circular núm. 1839 de 31 de marzo de 2023, desde el 1 de mayo de 2023 será obligatorio el uso del portal jurídico de la FIFA.

A este respecto, de acuerdo con la Circular núm. 1842 de 6 de abril de 2023, el portal jurídico sustituirá al actual sistema de comunicación por correo electrónico y por tanto, los procedimientos se iniciarán de manera exclusiva a través de dicha herramienta.

Del mismo modo, cabe enfatizar que el Tribunal del Fútbol no admitirá correspondencia remitida por correo electrónico o postal, aplicándose automáticamente a los actuales procedimientos en curso.

Por su parte, continuarán tramitándose a través del TMS las transferencias, primeras inscripciones de menores, las exenciones limitadas para menores, las solicitudes de intervención relacionadas con la inscripción de jugadores, las reclamaciones de compensaciones por formación (indemnización por formación y contribución de solidaridad) y los procedimientos relacionados con el pasaporte deportivo electrónico.

El Málaga insta a la FIFA la ejecución del fallo del TAS sobre el traspaso de Ontiveros

El dirigente malaguista declaró ayer miércoles a los periodistas que el club Al-Shabab ha incumplido dicho fallo del tribunal de la FIFA, al no haber hecho efectivo ese pago que vencía el 7 de abril y que, por ese acuerdo alcanzado entonces por Villarreal y Málaga, irá destinado al club andaluz.

El director general del Málaga, Kike Pérez, aseguró que el Villarreal ha instado a la FIFA a la ejecución de el laudo del Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) que condenó al Al-Shabab saudí a pagarle 4 millones por la venta en el verano de 2019 de Alfred N’Diaye, dinero que el club castellonense reembolsará a su vez al malaguista al vincularse en su día esa operación al traspaso de Javi Ontiveros al equipo amarillo.

El dirigente malaguista declaró este miércoles a los periodistas que el Al-Shabab ha incumplido dicho fallo del tribunal de la FIFA, al no haber hecho efectivo ese pago que vencía el 7 de abril y que, por ese acuerdo alcanzado entonces por Villarreal y Málaga, irá destinado al club andaluz.

«Es un incumplimiento FIFA, y eso es muy grave. Tenemos una reunión (pendiente) con el abogado que les lleva el tema al Villarreal para que nos diga el plazo exacto desde que se instó hasta cuando se podrá cobrar», explicó Kike Pérez.

Añadió que, al igual que cuando en la justicia ordinaria se embargan las cuentas de alguien que ha sido condenado a pagar y no ha satisfecho dicha obligación, «en la deportiva el efecto inmediato» que acarrea dicho incumplimiento «es que no puedes inscribir jugadores, ceder ni nada, no podría competir», por lo que «es cumplir sí o sí».

IFAB, las nuevas reglas que entrarán en vigor el 1 de julio 2023.

La 137 Asamblea General Anual de la International Board (asociación encargada de definir las reglas del fútbol), celebrada el sábado 4 de marzo en Londres,  aprobó las reformas en las reglas que entrarán en vigor el  de julio, pero estaba pediente su publicación. La asamblea se reunió bajo la presidencia de Debbie Hewitt, presidenta de la Federación Inglesa de Fútbol, y con la presencia de representantes de la FIFA y las asociaciones irlandesa, escocesa y galesa.
 

Según informó la propia IFAB, la FIFA informó sobre la aplicación de la tecnología del fuera de juego semiautomática y la integración del denominado VAR ‘light’, y se acordó revisar el protocolo, los procedimientos y los aspectos prácticos de VAR con las partes interesadas. Para aquellas competiciones que no tienen los recursos para implementar VAR y VAR ‘light’, hubo un respaldo de una prueba de un sistema de revisión de video adicional con la intención de que esté disponible en todo el mundo.
 

En cuanto a las Reglas de Juego 2023/24, que entrarán en vigor el 1 de julio de 2023, destaca la nueva formulación de las situaciones de fuera de juego de la regla 11, es decir, la interpetaciòn contraria a la aplicada por Taylor en la final de la Nations League de 2021 que le dio el triunfo a Francia sobre España.

También hay que reseñar el cambio de la Regla 14, bautizada como la ‘Anti Dibu Martínez‘ en los penaltis, puesto que ahora no se permitirán acciones intimidatorias por parte de los porteros a los lanzadores de la pena máxima. 

Otro de los cambios a destacar para la temporada 2023-24 está en las celebraciones de los goles. La IFAB aprobó que el tiempo de las celebraciones será agregado en el de prolongación.

Y también se dio luz verde a que el cuarto árbitro tendrá la posibilidad de auxiliar, como el resto del cuerpo, al central, en decisiones que se hagan dentro del terreno de juego.

Fuente: IFAB

Todos los cambios aprobados en las reglas para la temporada 2023-24:

Regla 3. Los jugadores

Aclaración sobre las personas no autorizadas que se hallen en el terreno de juego en el momento de que se marque un gol

Regla 6. Los otros miembros del equipo arbitral

Se permitirá que el árbitro asistente de reserva ayude al árbitro principal de la misma forma que el resto del equipo arbitral en el terreno de juego

Regla 7. La duración del partido

Las «celebraciones de goles» se convierten en un punto independiente de la lista de motivos de pérdida de tiempo por los que el árbitro puede prolongar cada periodo de juego

Regla 10. El resultado de un partido

Las advertencias y amonestaciones impuestas a los miembros del cuerpo técnico y a los jugadores no se tienen en consideración durante la tanda de penales

Regla 11. El fuera de juego

Se aclaran las directrices para diferenciar entre «juego voluntario» y «desvíos», como se estipuló en la circular n.º 26 (julio de 2022) 3 Reglas de Juego 2023/24 | Cambios en las Reglas 2023/24,

Regla 12. Faltas y conducta incorrecta

Se aclara que, si el árbitro señala penalti por una infracción que cometa un jugador del equipo defensor en la disputa del balón (salvo que agarre, arrastre o empuje al adversario y no tenga posibilidad de jugar el balón), sancionará a dicho jugador con la misma amonestación que si pretendiera jugar el balón; es decir, si con la infracción el jugador detuviera un ataque prometedor o interfiera en él: no se le amonestaría (no se mostraría tarjeta amarilla); si evitara un gol o una ocasión manifiesta de gol: se le amonestaría (se mostraría tarjeta amarilla)

Regla 12. Faltas y conducta incorrecta

Se aclara que no se podrá sancionar al primer entrenador presente en el área técnica por una infracción cometida por un jugador que no se pueda identificar.

Regla 14. El penal

El guardameta no se comportará de manera que distraiga de forma antirreglamentaria al ejecutor del penal, p. ej. no retrasará la ejecución del penal ni tocará los postes, el travesaño o la red de la portería

Protocolo del VAR

Se confirma que para emplear el sistema de VAR simplificado no es necesario contar con un técnico de repeticiones

FIFA reelige de nuevo por aclamación a Gianni Infantino como presidente

El suizo Gianni Infantino fue reelegido este jueves presidente de la FIFA hasta 2027 por aclamación, como candidato único, durante el 73 Congreso que la organización celebra en Kigali (Ruanda).

Antes de su reelección para el cargo que ocupa desde hace siete años, Infantino repasó logros del último cuatrienio, como la celebración de «los mejores mundiales de la historia, tanto femenino como masculino», junto a las cifras de 5.000 millones de espectadores en todo el mundo y 3.000 millones de aficionados en todos los estadios en Qatar 2022 y los 1.200 millones de espectadores en Francia 2019.

«En Catar los estadios fueron excelentes, la infraestructura perfecta, cero incidentes. Alguno podría decir que fue porque la gente no bebía alcohol, no se sabe, pero fue un torneo muy pacífico. Asumimos nuestra responsabilidad con cuestiones de derechos humanos y el legado que dejamos en Catar», afirmó.

También se refirió a la capacidad de reacción que el organismo pudo tener ante la crisis sanitaria por la pandemia, para llevar a cabo un plan de apoyo de 1.500 millones de dólares para ayudar al fútbol no profesional, y al aumento de ingresos de 7.500 millones de dólares, por encima de lo presupuestado.

«Prometí que íbamos a conseguir una mayor estabilidad y transparencia en la FIFA, recobrando la confianza de los patrocinadores y los operadores de radiodifusión y lo hemos cumplido. Cuando llegué las reservas estaban en unos mil millones y ahora están en casi 4.000, por lo que tenemos más fondos para invertir», apuntó.

El aumento en las cantidades para programas de desarrollo, de forma que cada federación recibe siete veces más -unos 8 millones $ de 2023 a 2026- y la devolución por parte del Departamento de Justicia de Estados Unidos de 200.000 millones, «robados» por los casos de corrupción, fueron otros de los aspectos económicos destacados por el presidente.»Los fondos no desparecen sin más, cada dólar que se invierte pasa por una auditoría independiente, por eso confían en nosotros y es algo que nos enorgullece», indicó, antes de enumerar sus compromisos para este nuevo mandato.

Entre ellos resaltó la previsión de obtener 11.000 millones de dólares de ingresos, sin incluir en ellos los del nuevo y ampliado Mundial de Clubes; la celebración de los próximos mundiales, el femenino de Australia y Nueva Zelanda este año con 32 selecciones; el de Estados Unidos, con 48 selecciones, para que «sean los mejores de la historia», y el nuevo Mundial de Clubes, cada 4 años a partir de 2025, con los 32 mejores equipos de todo el mundo.»Necesitamos más competiciones para que pueda crecer este deporte en todo el mundo. Estamos debatiendo sobre un Mundial de clubes femenino, cada año también habrá un pequeño torneo con los campeones de cada confederación y hemos hablado de hacer ‘world series’ para las selecciones en años posteriores al mundial. En la mayor parte del mundo no hay suficiente fútbol de calidad», avanzó.

Infantino se refirió en este punto al calendario internacional de partidos, «la herramienta más importante para la coordinación entre los partidos internacionales y los clubes», en su opinión. «Ayer alcanzamos un acuerdo unánime hasta 2030 que nos permitirá trabajar y ser más inclusivos, debemos proteger la salud de los futbolistas y por eso hemos creado un grupo de trabajo para analizar cómo», subrayó.

«Ser presidente de la FIFA es un honor increíble. Lleva consigo una gran responsabilidad, me conmueve muchísimo su apoyo, les prometo que seguiré sirviendo al fútbol y poniendo a la FIFA al servicio del fútbol. Hemos prometido trabajar con honestidad para proteger a las asociaciones y a los aficionados, porque nunca tenemos que olvidarnos que el fútbol es alegría, es paz y une al mundo entero», aseguró antes de que el Congreso aprobara de forma unánime los puntos del informe anual del organismo.

El mandato que inicia hoy Gianni Infantino es el segundo, ya que su primera elección se hizo para completar el que había iniciado Joseph Blatter en junio de 2015, por lo que cuando acabe podrá optar a otro más hasta 2031, pues la normativa limita a 12 años los mandatos presidenciales.El Congreso de la FIFA eligió al dirigente suizo (Brig, 1970) por primera vez el 26 de febrero de 2016, después de haber sido secretario general de la UEFA, en elecciones celebradas después del escándalo de corrupción que acabó con el periodo de 18 años de Joseph Blatter.

Entonces derrotó en la segunda votación, con 115 votos frente a 88, al jeque de Baréin Salman bin Ebrahim al Khalifa. En la primera consulta quedaron descartados el jordano Ali Bin Al Hussein y el francés Jerome Champagne. El 5 de junio de 2019 Infantino fue reelegido como candidato único por aclamación igual que hoy.

Mundial 2030: Marruecos se une a la candidatura Ibérica 2030!

Conviene advertir que no existe ninguna norma que prohíba la organización de un Mundial por parte de países pertenecientes a distintas confederaciones.

El rey Mohamed VI anunció este martes que Marruecos se presentará junto a España y Portugal en una candidatura conjunta para albergar la Copa del Mundo de Fútbol 2030.

En un mensaje del monarca leído durante la entrega del Premio de la Excelencia de la CAF en Ruanda y publicado por la agencia marroquí MAP, Mohamed VI destaca que será la candidatura de la unión «entre África y Europa, entre el norte y sur del Mediterráneo y entre los mundos africano, árabe y euro-mediterráneo».

«También será -dice el mensaje- una candidatura que reunirá lo mejor de ambas partes y la demostración de una alianza de genio, creatividad, experiencia y recursos».

Conviene advertir que no existe ninguna norma que prohíba la organización de un Mundial por parte de países pertenecientes a distintas confederaciones.

El texto fue leído por el ministro marroquí de Educación y Deportes, Chakib Benmoussa, en la entrega en Kigali (Ruanda) del citado premio 2022 al monarca y al presidente ruandés, Paul Kagame, un galardón que Mohamed VI considera «un homenaje al talento de África y de su juventud deslumbrante».

El monarca afirma que quiere hacer del fútbol en Marruecos «una palanca de éxito y desarrollo humano sostenible», porque, «además de ser una pasión y la expresión de un talento creativo, el fútbol es una visión de futuro, un compromiso a largo plazo, una gobernanza eficiente y transparente y una inversión en infraestructuras y en capital humano».

Mohamed VI recuerda en su mensaje que el fútbol marroquí honró a África en el pasado Mundial de Qatar 2022, donde la selección del país magrebí quedó cuarta, y honra los valores de «perseverancia» y «superación propia».

Y destaca que, «más allá de las palabras, el Reino de Marruecos -que acogió el último Mundial de Clubes de la FIFA- ha demostrado de nuevo con hechos que sus medios, infraestructuras y su experiencia, en particular en el fútbol, están a disposición de todos lo países africanos que deseen, también ellos, hacer de la juventud una palanca de esperanza y crecimiento».

El TAS falla a favor del Villarreal en el pleito contra el Al-Shabab sobre Ontiveros

El Al-Shabab tendrá que hacer efectivo en el plazo de un mes el resto al Villarreal para completar esa operación a tres bandas, pero además no podrá presentar ningún recurso más y, si persiste con el impago, la FIFA podría sancionar al club.

El Tribunal de Arbitraje del Deporte (TAS) ha emitido una resolución favorable al Villarreal en la denuncia presentada ante la FIFA contra el Al-Shabab saudí por el traspaso del delantero Javier Ontiveros, por la cuál el club árabe deberá abonar cuatro millones, que irán a su vez a las arcas del Málaga, donde se formó el futbolista.

La operación, en la que estaba implicada estos tres clubes, se remonta a la temporada 2018-19, cuando el ahora centrocampista senegalés Alfred N’Diaye fue traspaso por el Málaga al conjunto árabe y a su vez Ontiveros al Villarreal, por lo que la entidad andaluza tendría que recibir seis millones, según informaron fuentes del club malagueño tras adelantar la resolución el Diario Sur.

El Al-Shabab, que sólo abonó en un primer pago de dos millones, tendrá que hacer efectivo en el plazo de un mes el resto al Villarreal para completar esa operación a tres bandas, pero además no podrá presentar ningún recurso más y, si persiste con el impago, la FIFA podría sancionar al club.

Hace año y medio la FIFA ya estimó que el Al-Shabab abonara al Villarreal los cuatro millones en un plazo de 45 días a lo que hizo caso omiso, incluso fue sancionado sin poder fichar, lo que llevó al club castellonense a recurrir al TAS, que ahora le ha dado la razón.

Asunto Berenguer: El TAS da la razón a Osasuna y obliga al Torino a pagar 1,5 millones de euros por el traspaso de Álex Berenguer

El Tribunal Arbitral del Deporte ha confirmado la decisión de la FIFA y obliga al Torino a efectuar el pago de 1,5 millones más intereses.

El Torino F. C. deberá pagar de forma inmediata al Club Atlético Osasuna 1.500.000 euros por el traspaso de Álex Berenguer al Athletic Club en 2020, más los intereses producidos durante este tiempo. Así lo ha determinado esta tarde el Tribunal Arbitral del Deporte (TAS), que da así la razón por completo a la entidad navarra en sus pretensiones.

Álex Berenguer fue traspasado en 2017 al Torino F. C. con una cláusula que determinaba que si el jugador era posteriormente transferido al Athletic Club, el conjunto italiano debería abonar 1,5 millones de euros de forma adicional. Este hecho ocurrió en 2020, pero el equipo italiano se negó a pagar la citada cantidad, además del último plazo acordado del traspaso. Osasuna recurrió entonces a la FIFA para reclamar el pago de la cantidad adeudada por el Torino, y el 9 de septiembre de 2021 la Comisión del Estatuto del Jugador dio la razón al club navarro. Osasuna pudo cobrar el último plazo del traspaso, pero no así los 1,5 millones pendientes, ya que el Torino F. C. recurrió la decisión ante el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS), quien hoy mismo se ha pronunciado ratificando la decisión de la FIFA y desestimando el recurso presentado por el club italiano. 

La sentencia del TAS ya es definitiva, por lo que el Torino F. C. no dispone de más vías para recurrir y por lo tanto deberá abonar 1,5 millones de euros a Osasuna, además pagar intereses y asumir los costes del arbitraje y una parte de los costes de la defensa legal de Osasuna.